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Article 13

Decreto 1225 de 1997 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 368 de 1997, y se dictan otras disposiciones.

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Text of the article

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Patrimonio. El patrimonio de la Red de Solidaridad Social está constituido por

1.

Las partidas que se le asignen en el Presupuesto General de la Nación, directamente o a través de las entidades que éste designe.

2.

Los recursos provenientes de crédito interno y externo, previa incorporación en el Presupuesto General de la Nación.

3.

Los recursos provenientes de la cooperación nacional e internacional, previa incorporación en el Presupuesto General de la Nación.

4.

Los bienes muebles e inmuebles que adquiera a cualquier título.

5.

Las donaciones en dinero que ingresen directamente a la Entidad, previa la incorporación al Presupuesto General de la Nación y las donaciones en especie legalmente aceptadas.

6.

Los rendimientos financieros que reciba por el manejo de sus recursos propios.

7.

Los activos fijos e inventarios de las entidades o programas que en virtud del presente Decreto se funcionen con la Red de Solidaridad Social y que le sean transferidos mediante acta e inventario que suscriban los representantes legales.

8.

Los demás que obtenga a cualquier título.

Parágrafo Transitorio

Las reservas presupuestales y cuentas por pagar de la vigencia fiscal de 1996 debidamente constituidas con cargo al presupuesto de las entidades o fondos que se fusionen en virtud del presente decreto con la Red de Solidaridad Social, serán ejecutadas por esta última. IV. Régimen jurídico de los actos y contratos

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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