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Article 25

Decreto 2618 de 2012 · por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y se dictan otras disposiciones

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01

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Dirección de Promoción de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Son funciones de la Dirección de Promoción de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, las siguientes

1.

Diseñar, formular e implementar las políticas de promoción de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en las regiones de manera coordinada con las demás direcciones del Ministerio.

2.

Acompañar a las entidades territoriales en la creación de una institucionalidad, con el fin de generar la institucionalidad, a nivel de las entidades territoriales, para la promoción, difusión y desarrollo de las políticas en materia de Tecnologías de la Información, a través de la implementación de dependencias TIC a nivel regional.

3.

Actuar como enlace, entre el Ministerio y las entidades territoriales, con el fin de propiciar la implementación de planes y proyectos en materia de tecnología de la información y las comunicaciones, en las diferentes esferas de la Administración en las regiones.

4.

Promover con las entidades territoriales, la formulación de planes regionales de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones que promuevan el desarrollo económico y social de las mismas, alineados con el Plan Sectorial Nacional y el Plan Nacional de Desarrollo.

5.

Gestionar y promover alianzas que permitan la cofinanciación de planes y proyectos entre el sector público nacional, departamental y municipal, sector privado y los recursos de regalías disponibles para cada región, como motores del desarrollo y promoción social.

6.

Efectuar recomendaciones para el diseño, convocatoria y evaluación de planes destinados al desarrollo en materia de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en las regiones, con el fin de desarrollar proyectos de impacto que contribuyan al cumplimiento de los objetivos del Plan Sectorial Nacional y el Plan Nacional de Desarrollo y a la disminución de la pobreza.

7.

Brindar asistencia técnica a las entidades territoriales con el fin de generar proyectos para el desarrollo de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en los sectores económicos y productivos, motor de desarrollo en cada región.

8.

Desarrollar e implementar un esquema de seguimiento y monitoreo de los indicadores y buenas prácticas de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en las regiones colombianas como base para la actualización de políticas, planes y proyectos de Tecnología de la Información y las Comunicaciones a nivel regional, para velar por el cumplimiento de los objetivos regionales en materia de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, en coordinación con la Oficina Asesora de Planeación y Estudios Sectoriales del Ministerio.

9.

Coordinar y administrar los procesos de seguimiento y evaluación técnica de los programas, planes y proyectos que se encuentren bajo la responsabilidad de la Dirección.

10.

Las demás que le sean asignadas, inherentes a la naturaleza de la dependencia.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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