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Article 4

Decreto 636 de 1978 · Por el cual se autoriza a algunas entidades descentralizadas para participar como socias en la constitución de una sociedad de economía mixta

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Text of the article

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Artículo cuarto . La Junta Directiva de la Sociedad estará conformada por seis (6) miembros, así: El Ministro de Agricultura o su delegado, quien la presidirá. El Gerente General del Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente-INDERENA, o su delegado. E1 Director Ejecutivo de la Corporación Autónoma Regional del Cauca-CVC, o su delegado. El Presidente de la Corporación Nacional para el Desarrollo del Chocó-CODECHOCO, o su delegado. Un representante de los Departamentos que ingresen como Socios, o su suplente, elegidos entre aquellos con rotación cada año. Un representante de la Asociación de Pescadores Artesanales del Pacificó, o su suplente.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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