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Article 42

: Todos Los Documentos Técnicos Para Proyectos Y Diseños De Sistemas De Suministro De Agua, Deberán Presentarse Previamente A Su Construcción, En El Servicio Seccional De Salud En Cuya Jurisdicción Vayan A Ejecutarse Las Obras

Decreto 2105 de 1983 · Por el cual se reglamenta parcialmente el título II de la Ley 09 de 1979 en cuanto a potabilización del agua.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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: Todos los documentos técnicos para proyectos y diseños de sistemas de suministro de agua, deberán presentarse previamente a su construcción, en el servicio seccional de salud en cuya jurisdicción vayan a ejecutarse las obras.

Parágrafo 1

La división de saneamiento ambiental del servicio seccional de salud, radicará la presentación de los documentos, constará el lleno de los requisitos contemplados en este decreto, colocarán constancia de presentación en los planos y vigilará la construcción para que se ajuste a lo diseñado.

Parágrafo 2

La división de saneamiento ambiental del servicio seccional de salud podrá pedir todas las aclaraciones que estime necesarias a las memorias y planos presentados. así mismo, los cambios técnico-sanitarios que considere pertinentes.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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