El Instituto dictará un reglamento general de sanciones y procedimiento para los seguros sociales, en el cual se fijarán los procedimientos sobre la imposición, notificación y ejecutoria de las multas previstas en los artículos anteriores, así como los casos en que a su imposición deban preceder requerimientos por parte de las instituciones del seguro social.
Article 58
El Instituto Dictará Un Reglamento General De Sanciones Y Procedimiento Para Los Seguros Sociales, En El Cual Se Fijarán Los Procedimientos Sobre La Imposición, Notificación Y Ejecutoria De Las Multas Previstas En Los Artículos Anteriores, Así Como Los Casos En Que A Su Imposición Deban Preceder Requerimientos Por Parte De Las Instituciones Del Seguro Social
Decreto 4225 de 1948 · Por el cual se aprueban unos Estatutos del Instituto Colombiano de Seguros Sociales
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