°. Los gastos que ocasione la celebración del evento deportivo denominado Vuelta a Colombia en Bicicleta, serán atendidos, a partir del presente año, con cargo a las apropiaciones que se liquiden en cada vigencia fiscal, para cubrir las erogaciones de la ''Sección de Deportes" de la División de Extensión Cultural del Ministerio de Educación Nacional, quedando facultado el Gobierno para fijar anualmente por Decreto ejecutivo la cuantía de la partida qué haya de invertirse en la mencionada competencia deportiva.
Article 1
Los Gastos Que Ocasione La Celebración Del Evento Deportivo Denominado Vuelta A Colombia En Bicicleta, Serán Atendidos, A Partir Del Presente Año, Con Cargo A Las Apropiaciones Que Se Liquiden En Cada Vigencia Fiscal, Para Cubrir Las Erogaciones De La ''sección De Deportes" De La División De Extensión Cultural Del Ministerio De Educación Nacional, Quedando Facultado El Gobierno Para Fijar Anualmente Por Decreto Ejecutivo La Cuantía De La Partida Qué Haya De Invertirse En La Mencionada Competencia Deportiva
Decreto 973 de 1955 · Por el cual se fija el aporte nacional para el desarrollo de la V Vuelta a Colombia en Bicicleta
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