JurídicoESEN

Article 2.16.1.4.2

Reserva De Riesgos Catastróficos Sobre Riesgos Políticos Y Extraordinarios

Decreto 1068 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Reserva de riesgos catastróficos sobre riesgos políticos y extraordinarios. Las entidades aseguradoras emisoras de las pólizas constituirán una reserva de riesgos catastróficos con los recursos liberados de la reserva de riesgos en curso a que hace referencia el artículo 2.16.1.4.1. del presente decreto.

Esta reserva será acumulable y no podrá liberarse, salvo en los casos en que se destine a:

a)

El pago de siniestros cuando se agota la reserva de riesgo en curso de la póliza afectada,

b)

La devolución de la misma a la Nación,

c)

Al gasto que generan las acciones de recobro, en relación con las operaciones de seguro de crédito a la exportación que ampare riesgos políticos y extraordinarios. El Comité para Riesgos Políticos y Extraordinarios deberá aprobar previamente las condiciones bajo las cuales se podrá incurrir en estos gastos.

d)

A los gastos por custodia, compensación y liquidación provenientes de la negociación y administración de las inversiones de las reservas, incluyendo los gastos por la negociación de las inversiones a través de sistemas de negociación de valores aprobados por la Superintendencia Financiera de Colombia o en el mercado mostrador registradas en un sistema de registro de operaciones sobre valores debidamente autorizado por la Superintendencia Financiera de Colombia, incluidos los gastos correspondientes a la utilización y acceso a tales sistemas.

e)

El pago de la comisión por desempeño al administrador de las inversiones de las reservas, siempre y cuando dicho esquema de remuneración haya sido aprobado por el Comité para Riesgos Políticos y Extraordinarios. El Comité deberá definir, igualmente, el monto de esta comisión y la forma y condiciones para su pago.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 2.16.1.4.2. Rendimiento de la Inversión de la Reserva para Desviación de Siniestralidad de los Riesgos Políticos y Extraordinarios. Los rendimientos que genere la inversión de la reserva de que trata el artículo anterior del presente capítulo serán sumados a la misma, y por tanto no constituirán ingresos de la aseguradora.

(Art. 17 Decreto 2569 de 1993)

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 1068 de 2015