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Article 1

Desde El 1° De Enero Hasta El 31 De Diciembre Del Corriente Año, Los Dispensarios Antituberculosos Que Se Expresan A Continuación Tendrán Las Siguientes Asignaciones Y Gastos De Sostenimiento: Dispensario De Cali: Dos Enfermeras, Cada Una A $ 90

Decreto 707 de 1946 · Por el cual se destinan unas partidas para la campaña antituberculosa nacional

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°. Desde el 1° de enero hasta el 31 de diciembre del corriente año, los Dispensarios Antituberculosos que se expresan a continuación tendrán las siguientes asignaciones y gastos de sostenimiento: Dispensario de Cali: Dos enfermeras, cada una a $ 90.00 $ 1.80.00 Dispensario de Cartagena: Dos enfermeras, cada una a $ 95.00 190.00 Para sostenimiento, material radiográfico, tuberculina, drogas y elementos de dotación 140.00 Dispensario de Medellín: Un médico fisiólogo, Subdirector, tiempo completo. 340.00 Un médico tisiólogo, encargado de la Sección Epidemiológica 250.00 Dos enfermeras de planta, cada una a $ 95.00 190.00 Dos enfermeras visitadoras, cada una a $ 95.00 190.00 Dispensario de Puerto Berrio: Un médico fisiólogo, director, medio tiempo 250.00 Una enfermera de planta 95.00 Una enfermera visitadora 95.00 Para sostenimiento: material radiográfico, tuberculina, drogas y elementos de dotación 100.00 Dispensario de Támesis: Un médico tisiólogo, director, medio tiempo 240.00 Dos enfermeras, cada una a $ 90.00 180.00 Para sostenimiento: material radiográfico, tuberculina, drogas y elementos de dotación 100.00 Dispensario de Manizales: Un médico tisiólogo, director, medio tiempo 250.00 Dos enfermeras, cada una a $ 95.00 190.00 Un portero - sirviente 40.00 Dispensario de Bucaramanga: Una empleada auxiliar del médico en el servicio de abreugrafía y exámenes colectivos 90.00 Dispensario de Girardot: Una enfermera de planta 95.00 Dispensario de Ocaña: Un enfermera visitadora 90.00 Dispensario de Suesca: Un médico tisiólogo, director, seis horas 280.00 Dos enfermeras, cada una a $ 90.00 180.00 Un portero - sirviente 40.00 Para sostenimiento; material radiográfico, tuberculina, drogas y elementos de dotación 150.00

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Constitutional history

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