Los Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional que no reúnan las condiciones sicofísicas determinadas por el Reglamento de Incapacidades, Invalideces e Indemnizaciones para el personal de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional, serán retirados del servicio. No obstante lo dispuesto en este artículo, el Gobierno o el Ministerio de Defensa Nacional podrán mantener en servicio activo a aquellos Oficiales y Suboficiales que por sus calificaciones lo merezcan y cuando sus capacidades aún puedan ser aprovechadas en determinadas actividades. Cuando se trate de Oficiales, se requerirá concepto favorable de la Junta Asesora de la Policía Nacional.
Decreto 3072 de 1968 →In force
Article 75
Los Oficiales Y Suboficiales De La Policía Nacional Que No Reúnan Las Condiciones Sicofísicas Determinadas Por El Reglamento De Incapacidades, Invalideces E Indemnizaciones Para El Personal De Las Fuerzas Militares Y De La Policía Nacional, Serán Retirados Del Servicio
Decreto 3072 de 1968 · Por el cual se reorganiza la Carrera de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional
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01
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02
Constitutional history
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