°. Inhabilidades. Los miembros de la Junta Directiva no podrán tener entre sí, ni con el gerente general, parentesco dentro del cuarto grado de consanguinidad o el segundo de afinidad. Con posterioridad a su designación, y mientras que ejerzan sus cargos, ni los miembros de la Junta Directiva, ni los parientes de éstos, o del gerente dentro de los grados mencionados, podrán ser nombrados para ejercer empleos o misiones remuneradas dentro del Instituto, salvo en cuanto a los primeros, el desempeño de comisiones temporales fuera de la sede del Instituto, cuando pareciere indispensable. Prohibición especial°. Los particulares no podrán ser miembros de más de dos Juntas o Consejos Directivos de Establecimientos Públicos y de Empresas Industriales y Comerciales del Estado.
Decreto 842 de 1969 →In force
Article 16
Inhabilidades
Decreto 842 de 1969 · por el cual se aprueban los estatutos del Instituto de Desarrollo de los Recursos Naturales Renovables.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.