º . Los empleados públicos docentes de las Universidades Estatales u Oficiales, vinculados actualmente por el Estatuto Docente de la respectiva entidad, que no optaron por el régimen salarial y prestacional previsto en el Decreto número 1444 de 1992 y aquellos que lo adicionen o lo modifiquen, continuarán rigiéndose por el régimen salarial y prestacional que efectivamente se les reconoció y pagó hasta el 31 de diciembre de 1997. A partir del 1º de enero de 2001, los empleados públicos docentes tendrán derecho la asignación básica mensual que devengaban a 31 de diciembre de 2000 incrementada de acuerdo con los siguientes límites y porcentajes: Asignación básica mensual Porcentaje de incremento Hasta $260.100 El 9.9% Desde $260.101 hasta $ 520.200 El 9 Desde $ 520.201 en adelante El 2.5 Si al aplicar el porcentaje de que trata el presente artículo resultaren centavos, se ajustarán al peso siguiente.
Decreto 1466 de 2001 →In force
Article 2
Decreto 1466 de 2001 · por el cual se dictan disposiciones en materia salarial y prestacional para los empleados públicos docentes y administrativos de las universidades estatales u oficiales.
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.