JurídicoESEN

Article 15

Decreto 1830 de 1985 · Por el cual se reglamenta la expedición de pasaportes.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Los pasaportes ordinarios se expedirán a los colombianos que presenten los siguientes documentos

a)

Cédula de ciudadanía o tarjeta de identidad. Cuando se trate de colombianos por adopción, deberán presentar igualmente copia auténtica del acta de juramento en virtud de la cual adquirió la calidad de nacional colombiano;

b)

En el Territorio Nacional para los varones mayores de 17 años y menores de 50 años, comprobar que han definido su situación militar de acuerdo con las disposiciones pertinentes;

c)

El antiguo pasaporte, o una declaración de que es la primera vez que solicita dicho documento. En caso de pérdida del anterior, el interesado deberá presentar copia de la denuncia correspondiente; y,

d)

Los documentos señalados en el Capítulo VII del presente Decreto, cuando se trate de menores de edad.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 1830 de 1985