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Article 5

º

Decreto 1918 de 1994 · por el cual se reglamentan los artículos 76 y 78 del Decreto 1298 de 1994

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01

Text of the article

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º . Licencia Provisional. La autoridad de salud podrá expedir licencia de funcionamiento provisional hasta por un término de seis (6) meses, prorrogables por una sola vez hasta por un período igual, cuando no se cumpla la totalidad de los requisitos exigidos en la presente resolución siempre y cuando se demuestre que funcionando en esas condiciones no se incrementa el riesgo en la atención en salud de los usuarios. En estos casos en el contenido del acto administrativo se deberá especificar cuál (es) es (son) el (los) requisito (s) que hacen que la licencia tenga carácter provisional.

Parágrafo

En ningún caso se podrá otorgar licencia de funcionamiento a establecimientos cuyo recurso humano asistencia no cumpla con la totalidad de los requisitos establecidos en el presente Decreto. Esta condición aplica también a la licencia de funcionamiento provisional.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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