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Article 11

Decreto 3638 de 2005 · por el cual se aprueba el programa de enajenación de las acciones que la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras poseen en la Productora de Papeles S. A., Propal.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Plazo para el pago del precio y titularidad de los recursos obtenidos. El precio de venta de las Acciones adjudicadas en desarrollo de la Primera Etapa deberá pagarse dentro del plazo que para el efecto se establezca en el respectivo reglamento de enajenación y adjudicación o en el reglamento de la Bolsa de Valores de Colombia, en caso que la venta se efectúe por su conducto. Los recursos que se obtengan con ocasión de la venta de las aciones serán de propiedad de la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Publico y del Fondo de Garantías de Instituciones Financieras, en proporción a las Acciones que efectivamente se vendan y a la participación accionaria de cada uno de los Enajenantes.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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