Los empleadores afiliados al ISS pueden trasladarse voluntariamente después de (2) años, contados desde la afiliación inicial o en el último traslado; en las demás Administradoras de Riesgos Profesionales, de acuerdo al Decreto 1295 de 1994 en un (1) año. Los efectos de traslado serán a partir del primer día del mes siguiente a aquel en que se produjo el traslado, conservando la empresa que se traslada la clasificación y el monto de la cotización por los siguientes tres (3) meses.
Decreto 1295 de 1994 →In force
Article 33
Los Empleadores Afiliados Al Iss Pueden Trasladarse Voluntariamente Después De (2) Años, Contados Desde La Afiliación Inicial O En El Último Traslado; En Las Demás Administradoras De Riesgos Profesionales, De Acuerdo Al Decreto 1295 De 1994 En Un (1) Año
Decreto 1295 de 1994 · por el cual se determina la organización y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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