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Article 28

Decreto 1653 de 1982 · Por el cual se dictan los estatutos orgánicos de las Zonas Francas de Barranquilla, Manuel Carvajal Sinisterra, Cartagena, Santa Marta, Cúcuta y Buenaventura

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01

Text of the article

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Normas sobre organización interna . La organización interna de las Zonas Francas se ajustará a las siguientes normas

a)

Las unidades del nivel Directivo se denominarán Direcciones;

b)

Las unidades que cumplan funciones de asesoría o coordinación se denominarán oficinas o Comités y Consejos cuando incluyan personas ajenas al organismo;

c)

Las unidades operativas; incluidas las que atienden los servicios administrativos internos, se denominarán Divisiones, Secciones, o Grupos. Excepcionalmente, en razón de la magnitud y naturaleza del trabajo, podrán crearse Direcciones generales integradas a su vez con Divisiones o Secciones o Grupos.

d)

Las unidades que se creen para el estudio y decisión de asuntos especiales se denominarán Comisiones o Juntas.

Parágrafo

Las disposiciones sobre esta materia serán objeto de acuerdo de la correspondiente Junta Directiva. CAPITULO IV Actos y contratos.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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