° Los pasajes para la familia de los Oficiales que sean trasladados o destinados a las guarniciones de las Intendencias y Comisarias y al Grupo de Caballería Rendón , en Fonseca (Magdalena), podrán reconocerse desde la guarnición en donde el Oficial prestaba sus servicios al ser trasladado hasta el lugar en donde su familia vaya a residir, previa comprobación de este hecho ante el Departamento de Personal.
Queda en estos términos modificado el artículo 9° del Decreto número 1051 de 1939.