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Article 3

Respuesta De La Unidad Administrativa Especial De Gestión De Restitución De Tierras Despojadas Y Del Incoder Sobre Bienes Con Declaratoria De Extinción Del Dominio

Decreto 698 de 2013 · por el cual se reglamenta la transferencia de bienes inmuebles con declaratoria de extinción del derecho de dominio a la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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°. Respuesta de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas y del Incoder sobre bienes con declaratoria de extinción del dominio . Una vez entregado el listado de bienes con declaratoria de extinción del dominio, la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas, dentro de un plazo de sesenta (60) días hábiles, informará a la Dirección Nacional de Estupefacientes en Liquidación, o a quien la reemplace en el ejercicio de sus funciones, y al Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (Incoder), cuáles están vinculados a procesos de restitución, con el propósito de que se asegure su destinación a la restitución, en caso de que el juez llegare a ordenarla, y qué predios requiere para la compensación de las víctimas, de acuerdo a los fallos judiciales en firme que existan a la fecha.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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