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Article 2.4.1.8.9.4

Acciones De Coordinación Para Las Instancias Tripartitas De Protección Y Seguridad Distritales, Departamentales O Municipales

Decreto 1066 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior.

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01

Text of the article

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Acciones de coordinación para las Instancias Tripartitas de Protección y Seguridad Distritales, Departamentales o Municipales

1.

Las ITPS distritales, municipales y departamentales sesionarán de forma perió­dica, garantizando su funcionamiento conforme se disponga en los lineamientos específicos para su funcionamiento, sin perjuicio de que se realicen con mayor frecuencia, conforme sea necesario para atender las situaciones de riesgo en los territorios.

2.

Las ITPS distritales, departamentales y municipales definirán y llevarán a cabo la metodología conforme a los lineamientos específicos para su funcionamiento definidos por la ITPS a nivel nacional.

3.

Las ITPS distritales, municipales y departamentales funcionarán de manera coordinada y en constante e inmediata comunicación para la gestión ordinaria y extraordinaria de las funciones de esta.

4.

Sobre la base de la información procesada, las ITPS distritales, municipales y departamentales recomendarán las medidas que consideren adecuadas respecto a la prevención, protección y seguridad de las y los integrantes del nuevo partido o movimiento político que surja del tránsito de las FARC-EP a la actividad legal, actividades y sedes, así como a las y los antiguos integrantes de las FARC-EP que se reincorporen a la vida civil y a las familias de todos los anteriores, en el marco del Programa de Protección Integral.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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