º El uniforme del Ejército se compondrá de las siguientes prendas: Gorra De color azul con banda negra y vivos rojos, para la artillería; con banda y vivos rojos y visera inclinada de cuatro á cinco centímetros en el centro, para la infantería. La gorra irá adornada con escudo de metal dorado, estampado con las armas de la República, de dos centímetros de altura, el cual se colocará sobre la banda en el frente de la gorra, debajo de una cucarda con los colores nacionales. La banda y vivos de la gorra de las demás armas serán de los colores fijados para el distintivo. Puede usarse gorra de color blanco en los climas cálidos.
Decreto 754 de 1910 →In force
Article 5
El Uniforme Del Ejército Se Compondrá De Las Siguientes Prendas: Gorra De Color Azul Con Banda Negra Y Vivos Rojos, Para La Artillería; Con Banda Y Vivos Rojos Y Visera Inclinada De Cuatro Á Cinco Centímetros En El Centro, Para La Infantería
Decreto 754 de 1910 · Sobre reglamento de uniformes para el Ejército de la República
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01
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02
Constitutional history
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