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Article 56

De Los Comités Sectoriales O Técnicos

Ley 81 de 1988 · Por la cual se reestructura el Ministerio de Desarrollo Económico, se determinan las funciones de sus dependencias, se deroga el Decreto legislativo número 0177 del 1o. de febrero de 1956, se dictan normas relativas a los contratos de fabricación y ensamble de vehículos automotores y a la política de precios y se dictan otras disposiciones

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01

Text of the article

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El Ministerio de Desarrollo Económico podrá crear como organismos consultivos de las diferentes unidades programadoras del Ministerio, comités sectoriales o técnicos, constituidos por funcionarios del Ministerio, por representantes de la agremiación o agremiaciones vinculadas al respectivo sector industrial, tecnológico, comercial, turismo, vivienda social, de servicios y por otros funcionarios públicos o personas que posean especial conocimiento y práctica en el ramo correspondiente. Estos comités asesorarán al Ministerio en el estudio de los planes indicativos, políticos y problemas específicos de los respectivos sectores. El reglamento determinará el procedimiento para que el Ministerio escoja los representantes de las asociaciones gremiales del sector privado en este Consejo.

Contratos de fabricación y ensamble de vehículos automotores.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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