JurídicoESEN

Article 24

Subdirección De Gestión De Recaudo Y Cobranzas

Decreto 4048 de 2008 · por el cual se modifica la estructura de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Subdirección de Gestión de Recaudo y Cobranzas.

Son funciones de la Subdirección de Gestión de Recaudo y Cobranzas, además de las dispuestas en el artículo 38 del presente decreto las siguientes:

1.

1. Administrar y controlar las actividades relacionadas con el recaudo de los tributos nacionales, derechos de aduana y demás impuestos al Comercio Exterior y de las sanciones cambiarias, y de los demás gravámenes o emolumentos de competencia de la DIAN, así como las relacionadas con la devolución y/o compensación de saldos a favor de los contribuyentes, responsables o usuarios que sean de competencia de la Entidad;

2.

2. Controlar y evaluar el cumplimiento de las obligaciones que tienen las entidades recaudadoras e imponer las sanciones a que haya lugar cuando incumplan sus obligaciones;

3.

3. Controlar el efectivo recaudo y consignación de los impuestos, derechos, tasas, contribuciones, multas, sanciones, intereses, recaudos y demás gravámenes efectuados por las entidades autorizadas para recaudar;

4.

4. Realizar la consolidación de la contabilidad y elaborar los estados financieros, generados por las operaciones de la función recaudadora de los impuestos administrados por la DIAN, de acuerdo con los plazos y normas fiscales;

5.

5. Rendir ante la Contaduría General de la Nación y la Contraloría General de la República, los estados financieros consolidados de los ingresos administrados por la DIAN;

6.

6. Efectuar el análisis de los informes mensuales de ingresos rendidos, por las Direcciones Seccionales de Impuestos y Aduanas Nacionales, realizando las observaciones a que haya lugar y proponer los ajustes y correctivos necesarios;

7.

7. Efectuar las conciliaciones e interacciones a que haya lugar con la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional y el Banco de la República en virtud de los mecanismos de recaudo, devolución y/o compensación de los impuestos administrados por la DIAN;

8.

8. Administrar y controlar las actividades relacionadas con la devolución y/o compensación de los saldos a favor o pagos de lo no debido, de los contribuyentes, responsables o usuarios, que sean de competencia de la Entidad;

9.

9. Realizar las actividades relacionadas con el cruce de cuentas, sentencias y conciliaciones de entidades diferentes a la DIAN, que sean una sección del Presupuesto General de la Nación;

10.

10. Dirigir, controlar y responder por las actividades relacionadas con el cobro de los impuestos, derechos, tasas, contribuciones, multas, sanciones, intereses, recargos y demás gravámenes; así como de las sanciones derivadas por el incumplimiento de las obligaciones de los usuarios aduaneros y de las sanciones cambiarias, que según las disposiciones pertinentes, le compete recaudar a la DIAN y las obligaciones a su favor originadas en decisiones judiciales y administrativas;

11.

11. Diseñar e implementar técnicas de negociación que faciliten el cobro, así como técnicas de investigación de bienes;

12.

12. Controlar que las Direcciones Seccionales se hagan parte en los procesos concursales, liquidatorios, de reestructuración empresarial y de insolvencia relacionados con actuaciones de cobro de su competencia;

13.

13. Coordinar la ejecución de programas de control extensivo de gestión inmediata y de amplia cobertura destinados a determinar el cumplimiento de las obligaciones formales;

14.

14. Autorizar de oficio o a petición de parte, a las personas jurídicas o entidades que deben actuar como autorretenedores y suspender la autorización cuando no se garantice el pago de los valores autorretenidos;

15.

15. Ejercer el control inicial al correcto y oportuno cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes, responsables y agentes retenedores.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 4048 de 2008