º . Destinación de recursos liberados . Los recursos que se liberen como consecuencia de la cancelación de la deuda que los departamentos y municipios productores y no productores tuvieran vigente a 29 de diciembre de 2000, sólo podrán destinarse a inversión. En ningún caso los recursos que se liberen como consecuencia de la cancelación de la Deuda, tanto en el caso de los municipios y departamentos productores con derechos en el Fondo de Ahorro y de Estabilización Petrolera, FAEP, como en el caso de los municipios y departamentos no productores, podrán ser destinados a gastos de funcionamiento.
Decreto 1939 de 2001 →In force
Article 4
Decreto 1939 de 2001 · por el cual se reglamenta el artículo 133 de la Ley 633 de 2000 y se dictan otras disposiciones.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.