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Article 1

Autorízase A Los Ministros De Hacienda Y Crédito Público Y De Defensa Nacional Para Que Conjunta O Separadamente Gestionen En Nombre Del Gobierno Nacional, La Contratación De Empréstitos Externos Hasta Por La Suma Total De Ochenta Y Cinco Millones Novecientos Setenta Mil Dólares (Us$ 85

Decreto 1918 de 1989 · Por el cual se concede una autorización para gestionar la contratación de créditos externos hasta por la suma total de US$ 85.970.000 de los Estados Unidos de América.

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01

Text of the article

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º Autorízase a los Ministros de Hacienda y Crédito Público y de Defensa Nacional para que conjunta o separadamente gestionen en nombre del Gobierno Nacional, la contratación de empréstitos externos hasta por la suma total de ochenta y cinco millones novecientos setenta mil dólares (US$ 85.970.000) de los Estados Unidos de América, destinados a financiar un programa de compras de helicópteros dentro del Plan de Desarrollo y Modernización de las Fuerzas Militares, en las siguientes condiciones

a)

Mínimo US$ 71.120.000, correspondientes al ochenta y cinco por ciento (85%) del valor de las compras, que contará con la garantía del Export-Import Bank de los Estados Unidos de América, con un plazo mínimo para su total amortización de ocho (8) años, contados a partir del sexto mes de la entrega de los equipos y un interés sobre saldos deudores máximo del ocho punto setenta y cinco por ciento (8.75%) anual fijo o de un cuarto por ciento (1/4%) anual sobre Libor y demás gastos y comisiones propios de esta clase de operaciones; y

b)

Máximo US$ 14.850.000, correspondientes al quince por ciento (15%) del valor de las compras y la comisión de riesgo cobrada por el Export-Import Bank de los Estados Unidos de América, con un plazo mínimo para su total amortización de ocho (8) años, contados a partir de la fecha de firma del contrato de préstamo, incluido un período de gracia mínimo de dos (2) años y un interés sobre saldos deudores máximo de siete octavos por ciento (7/8 %) anual sobre Libor o de nueve punto veinticinco por ciento (9.25%) anual fijo y demás gastos y comisiones propios de esta clase de operaciones.

Parágrafo

Para efectos de seleccionar la entidad prestamista, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público tendrá en cuenta las ofertas de financiación que se ajusten a los términos del presente Decreto y sean recibidas por la Dirección General de Crédito Público, dentro de los 15 días siguientes a la fecha de publicación del presente Decreto en el DIARIO OFICIAL.

02

Constitutional history

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