JurídicoESEN

Article 44

Decreto 482 de 1985 · Por el cual se reglamenta el régimen disciplinario en la Ley 13 de 1984

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

DE LAS SANCIONES. La falta leve dará origen a la aplicación de una de las siguientes sanciones

a)

Amonestación escrita sin anotaciones en la hoja de vida;

b)

Censura con anotación en la hoja de vida;

c)

Multa que no exceda de la quinta parte del suelo mensual. El concurso formal o material de faltas, la falta grave o la reincidencia en faltas leves, dará origen a la aplicación de una de las siguientes sanciones: a) Suspensión en el ejercicio del cargo hasta por treinta (30) días, sin derecho a remuneración. b) Destitución. Para efectos de la reincidencia en las faltas leves se tendrán en cuenta las faltas cometidas por el empleado en los doce (12) meses inmediatamente anteriores a la comisión de la que se juzga.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 482 de 1985