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Article 2

Ley 78 de 1985 · Por la cual la Nación se asocia a los 450 años de la Fundación de Chiriguaná, Cesar, y al primer centenario de su vida municipal, rinde tributo a sus fundadores y se dictan otras disposiciones

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01

Text of the article

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A partir de la sanción de la presente Ley y de conformidad con los numerales 17 y 20 del artículo 76 de la Constitución Nacional y la Ley 25 de 1977 , autorizase al Gobierno Nacional para planificar y ejecutar con fondos del Presupuesto Nacional las siguientes obras de interés público y social, en la cabecera municipal de Chiriguaná, Departamento del Cesar:

a)

Construcción de un polideportivo;

b)

Reconstrucción y adecuación del mercado público;

c)

Pavimentación de sus principales calles;

d)

Terminación de la plaza de ferias;

e)

Terminación alcantarillado;

f)

Ampliación Acueducto Municipal, y

g)

Construcción local centro de artesanía "Rosa Batista de Salja".

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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