Control de zoonosis. La organización general para el control de la zoonosis en todo el territorio nacional, estará a cargo de los Ministerios de Salud y Protección Social y Agricultura y Desarrollo Rural conjuntamente, los cuales ejercerán dicho control mediante el establecimiento de “Consejos para el Control de Zoonosis”.
(Artículo 9° del Decreto 2257 de 1986)