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Article 9

Decreto 219 de 2004 · por el cual se modifica la estructura de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP, y se dictan otras disposiciones.

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01

Text of the article

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° . Funciones del Consejo Académico Nacional . Son funciones del Consejo Académico Nacional las siguientes

1.

Definir, establecer y mantener vigentes los propósitos generales de la función académica propia del objeto de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP.

2.

Crear condiciones para que de manera sistemática, rigurosa y competitiva se desarrollen en la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP, procesos de construcción, reconstrucción y gestión colectiva del conocimiento en el marco de la administración Pública que permitan dar respuesta efectiva a las demandas de la sociedad y del Estado.

3.

Impulsar el desarrollo académico de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP.

4.

Modificar los programas académicos y recomendar al Consejo Directivo Nacional la creación, supresión o fusión de programas de formación, investigación o extensión.

5.

Emitir concepto previo a la adopción o modificación del estatuto docente y estudiantil y demás disposiciones académicas.

6.

Rendir informes periódicos al Consejo Directivo Nacional.

7.

Definir la política en materia de publicaciones académicas institucionales.

8.

Recomendar los estímulos y distinciones académicas.

9.

Las demás que le señalen los estatutos y reglamentos.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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