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Article 1

Prórroga Del Plazo Para La Liquidación De La Dirección Nacional De Estupefacientes En Liquidación

Decreto 2177 de 2013 · por el cual se prorroga el plazo para la liquidación de la Dirección Nacional de Estupefacientes en Liquidación.

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01

Text of the article

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°. Prórroga del plazo para la liquidación de la Dirección Nacional de Estupefacientes en Liquidación. Prorróguese el plazo para la liquidación de la Dirección Nacional de Estupefacientes en Liquidación establecido en el artículo 1° del Decreto número 3183 de 2011, modificado por el artículo 1° del Decreto número 1420 de 2012, hasta el 31 de julio de 2014.

Parágrafo 1

La Dirección Nacional de Estupefacientes en Liquidación continuará ejerciendo la función transitoria de administración de los bienes que hacen parte del Fondo para la Rehabilitación, Inversión Social y Lucha contra el Crimen Organizado (Frisco), así como la de aquellos afectados con medidas cautelares en procesos de extinción de dominio y penales con fines de comiso por actividades del narcotráfico y conexas, hasta el 31 de julio de 2014.

Parágrafo 2

En el evento de que las actividades que sustentan la prórroga establecida en el artículo 1° del presente decreto puedan concluirse antes del término señalado, el Liquidador procederá al cierre inmediato de la liquidación.

02

Constitutional history

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