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Article 1

La Sal Que Se Explote En Las Salinas De El Torno Se Expenderá En El Almacén De Barranquilla; Y La Que Recolecte En Galesazamba En El Almacén De Cartagena; Y La Que Produzcan Las Salinas De Chengue, Santa Marta Y Pozos Colorados, Será Distribuida Entre Los Almacenes De Santa Marta Y Barranquilla, A Juicio Del Administrador General De Las Salinas Marítimas

Decreto 724 de 1918 · Sobre expendio de sal marina en los Almacenes Nacionales

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01

Text of the article

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° La sal que se explote en las Salinas de El Torno se expenderá en el Almacén de Barranquilla; y la que recolecte en Galesazamba en el Almacén de Cartagena; y la que produzcan las Salinas de Chengue, Santa Marta y Pozos Colorados, será distribuida entre los Almacenes de Santa Marta y Barranquilla, a juicio del Administrador General de las Salinas marítimas.

02

Constitutional history

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