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Article 1

Como Dotación Anual Cada Oficial Del Ejército Podrá Retirar Del Respectivo Almacén De La Intendencia Prendas De Vestuario Y Equipo Hasta Por Los Valores Que Se Determinan A Continuación: A) Oficiales Generales En Servicio Activo $ 300

Decreto 901 de 1951 · Por el cual se fija la dotación anual de vestuario para los Oficiales del Ejército

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° Como dotación anual cada Oficial del Ejército podrá retirar del respectivo Almacén de la Intendencia prendas de vestuario y equipo hasta por los valores que se determinan a continuación

a)

Oficiales Generales en servicio activo $ 300.00

b)

Oficiales del grado de Coronel a Subteniente, en servicio activo 250.00

c)

Oficiales del grado de Coronel a Subteniente, en servicio activo 200.00

Parágrafo 1

Los Médicos y Odontólogos del Ejército escala-fonados como Oficiales tendrán derecho a las prendas de vestuario y equipo hasta por los valores determinados en el presente artículo, según su grado, siempre que comprueben, mediante certificado de la respectiva superioridad, el uso habitual de las prendas militares.

Parágrafo 2

Los Oficiales que sean ascendidos al grado de General tendrán derecho a retirar prendas para el uniforme e insignias correspondientes al nuevo grado hasta por un valor adicional de $ 150.00, por una sola vez.

Parágrafo 3

Los Oficiales destinados en comisión del servicio al Exterior tendrán derecho a retirar prendas de vestuario y equipo hasta por un valor adicional de $ 50.00, siempre que su permanencia fuera de Colombia sea superior a tres (3) meses.

02

Constitutional history

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