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Article 51

Decreto 659 de 2018 · por el cual se modifican los Decretos 2685 de 1999 y 2147 de 2016.

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01

Text of the article

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Adiciónese el artículo 137-1 al Decreto número 2147 de 2016, el cual quedará así: “ Artículo 137-1. Infracciones de los Operadores Postales Oficiales o Concesionarios de Correos y de los Operadores de Envíos de Entrega Rápida o Mensajería Expresa. Al Operador Postal Oficial o Concesionario de Correo y al Operador de Envíos de Entrega Rápida o Mensajería Expresa, que incurra en alguna de las siguientes infracciones asociadas a las operaciones de comercio exterior a que hace referencia el presente Decreto, se le aplicará la sanción que en cada caso corresponda: 1. No exportar en los términos y condiciones establecidos en la regulación aduanera, bajo el régimen de exportación de tráfico postal o el régimen de exportación de envíos de entrega rápida o mensajería expresa, las mercancías recibidas en zona franca del usuario calificado o autorizado, a las que se refiere el

Parágrafo 4

del artículo 109 y el

Parágrafo 4

del artículo 110 del presente Decreto. La sanción será de multa equivalente a cuatrocientas (400) Unidades de Valor Tributario (UVT)”.

02

Constitutional history

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