JurídicoESEN

Article 11

Ley 810 de 2003 · por medio de la cual se modifica la Ley 388 de 1997 en materia de sanciones urbanísticas y algunas actuaciones de los curadores urbanos y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Para el caso de la Vivienda de Interés Social subsidiable (VIS), los costos de las curadurías deben rebajarse en un cincuenta por ciento (50%) para todos los usuarios. Para todas las modalidades de licencia de construcción de equipamientos colectivos, edificaciones de uso dotacional público o proyectos cuya titularidad sean las entidades del nivel central o descentralizado de la Rama Ejecutiva del orden nacional, departamental, municipal y distrital destinados al deporte, recreación, actividad física y cultural, los costos de las expensas de las curadurías serán liquidadas al cincuenta por ciento (50%) del valor de las tarifas vigentes, al momento de la solicitud de la licencia.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Ley 810 de 2003