Trazabilidad . El INVIMA requerirá al titular, fabricante, importador y las entidades territoriales de salud en su jurisdicción a todo aquella persona jurídica y natural que intervenga en la cadena del suministro del medicamento, que realicen transacciones o movimientos de inventario con medicamentos que usen bajo autorización sanitaria de uso de emergencia, quienes deberán llevar registros de dichos movimientos y de la información que considere pertinente por las autoridades sanitarias competentes, con el fin de garantizar la trazabilidad de los medicamentos en el marco de lo dispuesto en el presente decreto. CAPÍTULO VIII DISPOSICIONES FINALES
Decreto 1787 de 2020 →In force
Article 19
Trazabilidad
Decreto 1787 de 2020 · Por el cual se establecen las condiciones sanitarias para el trámite y otorgamiento de la Autorización Sanitaria de Uso de Emergencia - ASUE para medicamentos de síntesis química y biológicos destinados al diagnóstico, la prevención y tratamiento de la Covid - 19 en vigencia de la emergencia sanitaria
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.