Son Finalidades Principales Del Fondo, Las Siguientes: A) Elaborar El Plan General De Acción Que, En Desarrollo De Sus Objetivos, Deba Realizarse, De Acuerdo Con Los Programas Del Gobierno Nacional Y Con Las Especificaciones Técnicas Aprobadas Por El Ministerio De Obras Públicas; B) Administrar Los Bienes Muebles E Inmuebles Del Fondo En Desarrollo De Los Programas Y Planes Que Adelante; C) Cooperar Con Entidades Oficiales, Semioficiales Y Particulares Para La Construcción, Mejoramiento Y Conservación De Los Caminos Vecinales O Regionales, Dentro De Las Normas Establecidas Por El Decreto 1084 De 1951, Reglamentario Del Fondo; D) Ejecutar Las Obras Relacionadas Con Sus Objetivos, Directamente O Indirectamente, Celebrando Los Contratos Que Para Ello Sea Necesario; E) Inspeccionar Y Vigilar Las Obras En Las Cuales Aplique Su Patrimonio; F) Elaborar El Proyecto De Presupuesto Del Fondo Y Determinar Sus Distribuciones En El Cual Se Contemplaran Los Programas De Inversión Y Los Gastos De Funcionamiento
Decreto 2057 de 1961 · Por el cual se aprueban los Estatutos Orgánicos del Fondo Nacional de Caminos Vecinales
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01
Text of the article
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º. Son finalidades principales del Fondo, las siguientes
a)
Elaborar el plan general de acción que, en desarrollo de sus objetivos, deba realizarse, de acuerdo con los programas del Gobierno Nacional y con las especificaciones técnicas aprobadas por el Ministerio de Obras Públicas;
b)
Administrar los bienes muebles e inmuebles del Fondo en desarrollo de los programas y planes que adelante;
c)
Cooperar con entidades oficiales, semioficiales y particulares para la construcción, mejoramiento y conservación de los caminos vecinales o regionales, dentro de las normas establecidas por el Decreto 1084 de 1951, reglamentario del Fondo;
d)
Ejecutar las obras relacionadas con sus objetivos, directamente o indirectamente, celebrando los contratos que para ello sea necesario;
e)
Inspeccionar y vigilar las obras en las cuales aplique su patrimonio;
f)
Elaborar el proyecto de presupuesto del fondo y determinar sus distribuciones en el cual se contemplaran los programas de inversión y los gastos de funcionamiento.
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Constitutional history
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