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Article 3

Ley 19 de 1911 · Sobre extinción de la langosta

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

La Comisión Central nombrará Comisiones Departamentales, y éstas á su turno nombrarán las Subcomisiones que fueren necesarias. Todas estas Comisiones serán consideradas como cargo gratuito.

Las Comisiones Seccionales dependerán de la Comisión Central, y las subcomisiones, de la Comisión Seccional que las haya nombrado.

La jurisdicción territorial de las Comisiones Seccionales será determinada por la Comisión Central.

Las Comisiones Seccionales determinarán á su vez la jurisdicción de las Comisiones de Distrito de su dependencia, previa aprobación de la Comisión Central.

La Comisión Central podrá constituir Comisarios pagados en las secciones donde lo juzgue conveniente, los que dirigirán la ejecución de los trabajos y aplicarán las multas de que habla esta Ley, bajo la inspección de la Comisión Seccional.

Esta Comisión á su vez podrá proponer á la Comisión Central el nombramiento de Subcomisarios de Distrito en los lugares invadidos, también remunerados, para la ejecución de los trabajos y la aplicación de las multas, en las localidades respectivas, bajo la inspección de la Subcomisión de Distrito. La remuneración de todos estos empleados será fijada por la Comisión Central.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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