Dictado el auto cabeza de proceso, el funcionario de instrucción inicia la investigación examinando a los testigos, indagatoriando a los presuntos responsables, y realizando todas las diligencias que crea conducentes al esclarecimiento de la verdad, para lo cual puede solicitar el apoyo de todas las autoridades civiles y militares. En especial debe dejar claramente establecida la filiación del sindicado y su calidad de militar, cuando es el caso, con el certificado del Comandante o cualquiera otra prueba.
Decreto 1125 de 1950 →In force
Article 352
Dictado El Auto Cabeza De Proceso, El Funcionario De Instrucción Inicia La Investigación Examinando A Los Testigos, Indagatoriando A Los Presuntos Responsables, Y Realizando Todas Las Diligencias Que Crea Conducentes Al Esclarecimiento De La Verdad, Para Lo Cual Puede Solicitar El Apoyo De Todas Las Autoridades Civiles Y Militares
Decreto 1125 de 1950 · por el cual se expide el nuevo Código de Justicia Penal Militar
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.