En la preparación del cómputo de las rentas e ingresos se adoptará el principio de universalidad. En consecuencia, se deberá incluir en dicho cálculo el producto de todas las rentas, e ingresos según su rendimiento bruto.
Las apropiaciones que tengan una destinación especial ordenada por disposición legal, no podrán ser afectadas en su gasto sino hasta la concurrencia de los saldos disponibles en Tesorería, y serán manejados independientemente de las rentas e ingresos ordinarios.