°. Vigencia y derogatoria. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica los artículos 2.6.1.2.3, 2.6.1.2.6,
del artículo 2.6.1.3.1, 2.6.1.3.3, 2.6.1.3.5 y deroga el artículo 2.6.1.4.2 de la Parte 6 del Libro 2 del Decreto 1081 de 2015, Único Reglamentario del Sector Presidencia de la República.