º. El Consejo Directivo y el Consejo Académico de las escuelas normales superiores se integrarán y cumplirán sus funciones, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 115 de 1994 y el Decreto 1860 de 1994 o normas que lo modifiquen o sustituyan y con las disposiciones específicas del presente decreto. Cada escuela normal superior deberá conformar un Comité Interinstitucional, de carácter consultivo, en el que estén representados entre otros, la institución de educación superior con la cual se firme el convenio y la Junta Distrital o Municipal de Educación respectiva. Dicho Comité tendrá como función general, la de adelantar el seguimiento y la evaluación del convenio suscrito, según lo establecido en el artículo 10 de este decreto.
Decreto 3012 de 1997 →In force
Article 7
º
Decreto 3012 de 1997 · por el cual se adoptan disposiciones para la organización y el funcionamiento de las escuelas normales superiores.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.