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Article 14

Ley 65 de 1936 · Por la cual se dictan normas sobre abastecimiento de agua potable a los municipios de la República y se conceden unas autorizaciones al Gobierno Nacional

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Autorízase al Gobierno Nacional para que separada o conjuntamente con los Departamentos y Municipios interesados celebre los contratos de empréstito y las operaciones de crédito que sea necesario llevar a término para los fines de esta Ley.

En dichos contratos podrán darse en garantía las obras mismas que vayan a construirse, sus productos y los aportes de la Nación, de los Departamentos y de los Municipios.

El Banco Central Hipotecario, el Banco Agrícola Hipotecario, la Caja Colombiana de Ahorros y el Banco de la República quedan facultados para participar en los contratos y en las operaciones de crédito a que se refiere este artículo.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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