º. Las secretarías de educación departamentales y distritales, con la asesoría de los respectivos comités de capacitación de docentes a que se refiere el capítulo V de este decreto, en desarrollo de sus políticas de mejoramiento de la calidad educativa, organizarán programas dirigidos a fomentar estudios científicos de la educación, con el objeto de fortalecer la formación personal y profesional de los educadores que prestan el servicio en su territorio. Estos programas deberán estimular innovaciones educativas y propuestas de utilidad pedagógica, científica y social, cuya aplicación permita el mejoramiento cualitativo del proyecto educativo institucional y, en general, del servicio público educativo.
Article 9
Las Secretarías De Educación Departamentales Y Distritales, Con La Asesoría De Los Respectivos Comités De Capacitación De Docentes A Que Se Refiere El Capítulo V De Este Decreto, En Desarrollo De Sus Políticas De Mejoramiento De La Calidad Educativa, Organizarán Programas Dirigidos A Fomentar Estudios Científicos De La Educación, Con El Objeto De Fortalecer La Formación Personal Y Profesional De Los Educadores Que Prestan El Servicio En Su Territorio
Decreto 709 de 1996 · por el cual se establece el reglamento general para el desarrollo de programas de formación de educadores y se crean condiciones para su mejoramiento profesional.
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