Independencia entre la concesión del servicio y 1a asignación del espectro radioeléctrico . La concesión del servicio es independiente y distinta del permiso para el uso del espectro radioeléctrico. En consecuencia, la asignación de frecuencias, el ámbito de operación de la misma y el pago derivado de estos conceptos se regirán por las normas especiales previstas para el efecto y, en todo caso, darán lugar al pago de las contraprestaciones establecidas en el Capítulo 3 de este Título.
Article 28
Independencia Entre La Concesión Del Servicio Y 1a Asignación Del Espectro Radioeléctrico
Decreto 1492 de 1998 · por el cual se establece el régimen unificado de contraprestaciones que se causen y deban pagarse a las entidades concedentes en materia de telecomunicaciones, por concepto de concesiones, autorizaciones, permisos y registros que se otorguen de conformidad con sus facultades y competencias legales, así como los procedimientos para su liquidación, cobro, recaudo y pago.
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