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Article 15

Dispositivos De Protección

Decreto 3570 de 2007 · por medio del cual se crea el Programa de Protección para Víctimas y Testigos de la Ley 975 de 2005.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Dispositivos de protección . El Programa de Protección para Víctimas y Testigos, en el marco de la Ley 975 de 2005, tendrá dos dispositivos de protección

1.

Dispositivo de prevención dirigida a Municipios.

2.

Dispositivo de atención individual frente a la evidencia de un riesgo extremo y/o extraordinario.

Parágrafo

Todos los servidores públicos tendrán la obligación de poner en conocimiento de la Policía Nacional, de la Fiscalía General de la Nación, del Departamento Administrativo de Seguridad, de la Dirección de Derechos Humanos del Ministerio del Interior y de Justicia o de cualquier otra entidad con competencia definida en el proceso de Justicia y Paz, cualquier situación de riesgo o amenaza en contra de una víctima o testigo, en el marco de la Ley 975 de 2005, con el fin de activar el procedimiento establecido en este decreto y disponer la correspondiente investigación de los hechos denunciados.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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