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Article 5

Decreto 28 de 1995 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 143 de 1994, en lo concerniente a la organización y el funcionamiento de la Unidad de Planeación Minero-Energética.

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01

Text of the article

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º . Funciones de la Dirección . La Dirección, a través del Director cumplirá las siguientes funciones

a)

Coordinar la realización de las actividades y los estudios técnicos que permitan establecer los requerimientos minero energéticos de la población y la manera de satisfacerlos;

b)

Realizar todas las actuaciones indispensables para la elaboración del Plan Energético Nacional, el de Desarrollo Minero, y el de cada uno de los subsectores de Minas y Energía, en concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo y las políticas que el Gobierno Nacional adopte para el mismo sector;

c)

Elaborar el presupuesto de la Unidad que presentará al Ministerio de Minas y Energía para su trámite ante la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, conforme con las disposiciones contenidas en la Ley Orgánica de Presupuesto y demás normas concordantes;

d)

Coordinar el desarrollo y la ejecución del contrato de fiducia para el manejo de los recursos presupuestales de la Unidad y ordenar a la fiduciaria la celebración de los contratos que se requieran;

e)

Ordenar los gastos con cargo al presupuesto asignado a la Unidad;

f)

Celebrar los contratos que se requieran para el cumplimiento de las funciones atribuídas a la Unidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13, inciso 2º, de la Ley 143 de 1994;

g)

Nombrar y remover el personal de la Unidad, conforme a las disposiciones legales aplicables a esta materia;

h)

Expedir los actos relacionados con las situaciones administrativas de los servidores vinculados a la planta de personal de la Unidad;

i)

Coordinar y supervisar las tareas del personal técnico que se vincule al servicio de la Unidad;

j)

Establecer el sistema de Control Interno, así como los procedimientos para la adopción y evaluación del Plan de Gestión de la Unidad, con arreglo a la ley;

k)

Elaborar proyectos de ley o de decretos que desarrollen materias relacionadas con las funciones a cargo de la Unidad, y presentarlos ante el Ministro de Minas y Energía para su trámite posterior, si hubiere lugar a ello;

l)

Diseñar los procedimientos administrativos que deben aplicarse, teniendo en cuenta la racionalización de las tareas y el uso de los recursos con que cuenta la Unidad; ll) Conformar comités asesores y grupos de trabajo para el cumplimiento de programas específicos;

m)

Realizar las demás tareas administrativas que sean indispensables para el cabal cumplimiento de las funciones asignadas a la Unidad;

n)

Delegar las funciones atribuidas a la Dirección en los servidores vinculados a la planta de personal de la Unidad, con sujeción a las normas que rigen la materia;

o)

Las demás que le señale la ley.

02

Constitutional history

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