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Article 4.2.3

Circular 100-000020 de 2026 · Circular Externa 100-000020 de 2 de julio de 2026

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Diligencia de un buen hombre de negocios: Hace relación a que las actuaciones de los administradores deben ejecutarse con la diligencia que tendría un profesional, un comerciante sobre sus propios asuntos, de manera que su actividad siempre debe ser oportuna y cuidadosa, verificando que la misma esté ajustada a la ley y a los estatutos, lo que supone un mayor esfuerzo y una más alta exigencia para los administradores en la conducción de la sociedad. La diligencia del buen hombre de negocios lleva implícitos deberes como el de informarse suficientemente antes de tomar decisiones, para lo cual el administrador debe asesorarse y adelantar las indagaciones necesarias; el de discutir sus decisiones especialmente en los órganos de administración colegiada, y, por supuesto, el deber de vigilancia respecto al desarrollo y cumplimiento de las directrices y decisiones adoptadas. Así mismo, implica el deber de vigilancia sobre el diseño, implementación, mantenimiento y monitoreo de las medidas de control interno y de gestión de riesgos en aspectos materiales, con la finalidad de proporcionar una seguridad razonable sobre la consecución de los objetivos de la sociedad relativos a la alineación de las actividades operacionales con los objetivos estratégicos del negocio, la fiabilidad de la información financiera, la eficacia y eficiencia de las operaciones, la conservación y custodia de los activos, la prevención y detección de fraudes o errores, así como el cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias e internas que resulten aplicables.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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