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Article 7

En Desarrollo Del Principio De Participación Ciudadana Y Del Deber De Información, El Ministerio De Comercio, Industria Y Turismo Establecerá Mecanismos De Recepción Y Emisión Pública De Información No Reservada Sobre Las Discusiones Abordadas Y Decisiones Que Se Tomen En Los Grupos

Decreto 566 de 2013 · por el cual se reglamenta el funcionamiento de los grupos que se creen en cumplimiento de los compromisos asumidos en el marco de los acuerdos comerciales internacionales vigentes para Colombia.

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01

Text of the article

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°. En desarrollo del principio de participación ciudadana y del deber de información, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo establecerá mecanismos de recepción y emisión pública de información no reservada sobre las discusiones abordadas y decisiones que se tomen en los Grupos.

Parágrafo

Los documentos suministrados por los Estados signatarios de los acuerdos comerciales internacionales vigentes que, según la Constitución Política y la ley, tengan el carácter de reservados no podrán ser suministrados a particulares sin la autorización previa de dichos Estados.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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