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Article 26

Las Exenciones Sean De Derechos De Importación, O De Derechos Consulares, Son Expresas, Y Figuran En La Ley O Contratos Vigentes, Legalmente Celebrados, Los Artículos Que No Pagan Derechos De Esta Última Clase, Son Los Especificados En El Ordinal 1º Del Artículo 1º De La Ley 57 De 1909

Decreto 160 de 1923 · Por medio del cual se reglamenta el servicio de encomiendas postales del Exterior y se resumen las disposiciones legislativas que con ese servicio tienen relación

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01

Text of the article

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Las exenciones sean de derechos de importación, o de derechos consulares, son expresas, y figuran en la ley o contratos vigentes, legalmente celebrados, los artículos que no pagan derechos de esta última clase, son los especificados en el ordinal 1º del artículo 1º de la Ley 57 de 1909. Las mercancías libres de derechos de importación no lo están de los derechos consulares si no figuran en la especificación de la disposición legal que acaba de citarse; así como las hay también, según esta disposición, artículos libres de derechos consulares, que no están exentos de los de importación.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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