El que en asuntos del servicio y con ocasión de él, sin causa justificativa ataque por vías de hecho a un inferior sin producirle lesión, incurre en prisión de seis meses a tres años.
Las consecuencias que puedan derivarse de tal ataque, como el homicidio las lesiones, quedan sujetas a lo establecido en los Capítulos V y VI, de este Título.
Del homicidio.