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Article 3

Ley 32 de 1983 · Por la cual se modifica la Ley 34 de 1973 y se dictan otras disposiciones

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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El artículo doce (12) de la Ley 34 de 1973 quedará así: "Estarán exentos del pago de impuestos sobre la renta y complementarios, los ingresos por concepto de derechos de autor que reciban los colombianos personas naturales, por libros editados en Colombia, hasta una cuantía de trescientos mil pesos ($ 300.000.00) por cada título y por cada año.

Las ediciones de libros que ocasionen las exenciones a que se refiere el presente artículo, deberán ser acreditadas por medio de los contratos de edición y el registro de propiedad de los respectivos títulos de derecho de autor.

Los pagos de regalías y anticipos por concepto de derechos de autor hechos por editores colombianos a titulares de esos derechos, residentes en el exterior, estarán exentos de los impuestos sobre la renta, complementarios, especiales, recargos y remesas hasta por un monto de trescientos mil pesos ($ 300.000.00) en valor constante. Los giros a que haya lugar serán autorizados con la sola presentación del respectivo contrato de regalías debidamente autenticado".

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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